Administración de Fideicomisos

La administración de fideicomisos se rige por las disposiciones de la Ley de Control de Bienes de Fideicomisos no 57/1988. Hay dos tipos de fideicomiso, por ejemplo, un fideicomiso inter-vivos y un fideicomiso testamentario:

(a) un fideicomiso inter – vivos se crea entre personas vivas;
(b) un fideicomiso testamentario deriva de un testamento válido de un difunto.

El fideicomiso inter-vivos debe estar registrado en el Master en cuya zona de jurisdicción se encuentre la mayor parte de los activos del fideicomiso. Si más de un Capitán tiene jurisdicción sobre los activos del fideicomiso, el Capitán en cuya oficina se registró por primera vez el fideicomiso seguirá teniendo jurisdicción. Deberán presentarse los siguientes documentos para que el Capitán pueda registrar un fideicomiso inter vivos y expedir cartas de autorización al fideicomisario o fideicomisarios designados.

  1. Escritura de fideicomiso original o copia certificada notarial de la misma.
  2. Comprobante de pago de la tarifa aplicable (disponible en la página de Directores de Máster), para el registro de un nuevo Fideicomiso. No hay costos involucrados en la modificación de un Fideicomiso existente.
    Véanse las siguientes circulares / boletines relativos a las tasas:
  • PDF Actualizaciones de la tarifa de registro de Fideicomisos: Ley de Administración de Bienes: Reglamentos: Enmienda (Inglés / Afrikaans) GG 41224, GoN 1162, 3 de noviembre 2017
  • PDF Directiva del Director General 2012-01 (Método de pago de las tasas cobradas por el Maestro) vigente a partir del 12 de marzo 2012
  • PDF Ley de Control de Bienes del Fideicomiso: Reglamento: Modificación de las tasas pagaderas al presentar el instrumento de fideicomiso &Tasas pagaderas al presentar el instrumento de fideicomiso (inglés / Afrikaans), GG 41224, GoN 1162, 3 de noviembre 2017
  • Formulario de solicitud (J401)
  • Formularios de Aceptación de Fideicomiso (J417) y Aceptación de Solicitud de Auditor (J405) completados.
  • Declaración de Beneficiario (J450)
  • Identificación de Fideicomisario(s): Copias certificadas de Documento de Identidad / Pasaporte / Comprobante de Registro de la Organización (CK1)
  • Identificación de Representante de Fideicomisario(s): Copias certificadas de Documento de Identidad o Pasaporte (Obligatorio para Fideicomisario(s) de la Organización)
  • Identificación de beneficiarios: Copias certificadas de Documento de Identidad o Certificados de Nacimiento / Pasaporte /Organización (CKI)
  • Fianza de seguridad de los fideicomisarios – formulario J344 PDF(si lo requiere el Maestro) o Prueba de Exención (Si corresponde)
  • Orden Judicial Final Certificada (si aplicable)
  • Para un fideicomiso testamentario solo se deben presentar los requisitos 3 a 5. No hay cargos involucrados y el último testamento del fallecido sirve como documento de fideicomiso.

    1. Formulario de solicitud (J401)
    2. Formularios de Aceptación de Fideicomiso (J417) y Aceptación de Solicitud de Auditor (J405) completados.
    3. Declaración de beneficiario (J450)
      Para el fideicomiso testamentario, se debe presentar la aceptación completa de la administración fiduciaria y la fotografía del documento de identificación del fideicomisario por parte de cada fideicomisario y todos los requisitos enumerados en el formulario JM21.

    Una vez recibidos todos los documentos requeridos, el Maestro podrá expedir a los fideicomisarios designados cartas de autoridad para administrar el fideicomiso. Ningún fiduciario podrá actuar como tal sin la autorización escrita del Capitán.

    Los fideicomisarios deben mantener estados financieros precisos para cumplir con sus obligaciones fiduciarias con los beneficiarios. El Capitán podrá solicitar a los fideicomisarios que rindan cuentas de la administración del fideicomiso.

    ¿Cómo obtener información sobre un Fideicomiso (como nombres de Fideicomisarios, etc.)?

    Debe solicitarlo por escrito a la Oficina donde se ha registrado el Fideicomiso, indicando los motivos por los que se necesita esta información. El Maestro solicitará la opinión de los Fideicomisarios y beneficiarios, después de lo cual ejercerá su discreción para proporcionarle la información/no. Si el Maestro se niega a proporcionarle esta información, deberá solicitarla al Oficial de Información del Departamento de Justicia.

    ¿Cómo cancelar o cancelar un fideicomiso?

    La Ley de Control de la Propiedad de los fideicomisos no prevé la cancelación del registro de un fideicomiso. La cancelación de registro es una acción administrativa interna para facilitar la gestión de archivos de confianza en la oficina Principal.

    Sin embargo, el common law prevé la terminación de un fideicomiso por aplicación de la ley en las siguientes circunstancias, por ley, cumplimiento del objeto del fideicomiso, incumplimiento del beneficiario, renuncia o repudio por parte del beneficiario, destrucción de la propiedad del fideicomiso o el funcionamiento de una condición resolutiva. Véase el párrafo 343 de la 5a edición de la Ley de Fideicomisos de Sudáfrica de Honore.

    Si un fideicomiso se puede terminar por uno de los motivos anteriores, el Maestro cancelará el registro de un fideicomiso. Para la terminación de un fideicomiso, se requieren los siguientes documentos:

    • A – La carta de autorización original;
    • B-Estados de cuenta bancarios que reflejen un saldo nulo en el estado final;
    • C-Prueba de que los beneficiarios han recibido sus beneficios.

    Tras la recepción de los documentos anteriores, el Maestro cancelará el registro de un fideicomiso que se haya cancelado. Tenga en cuenta que los documentos anteriores deben presentarse al Capitán con el que se ha registrado el Fideicomiso.

    Registros y Enmiendas de Fideicomisos en la Oficina de Maestros de Pretoria Aviso:

    Para nuevos Registros de Fideicomisos y Enmiendas a estos Fideicomisos recién registrados que se han capturado en el nuevo sistema de Fideicomisos Maestros de ICMS, complete los nuevos formularios electrónicos disponibles en el siguiente enlace: http://www.justice.gov.za/master/forms.html

    Tenga en cuenta que estos formularios no se aplicarán a fideicomisos previamente registrados. Los fideicomisos recién registrados siempre tendrán un Número de Referencia Único (URNA). Los nuevos formularios están marcados en ROJO bajo el título de «FIDEICOMISOS-FORMULARIOS PILOTO»

    Estos documentos serán obligatorios una vez que el sistema haya sido confirmado como aprobado por el Capitán Principal en una fecha por confirmar. Por favor, tengan paciencia con nosotros mientras estamos pilotando este sistema.
    2013/07/02

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