el demandante en el proceso de ejecución hipotecaria tiene la carga de probar su derecho a ejecutar la propiedad del demandado por una preponderancia de la evidencia. El acusado tiene la carga de probar las defensas afirmativas planteadas en la respuesta del acusado. En algún momento después de que el demandado presenta su respuesta y defensas afirmativas, el demandante presenta una moción de juicio sumario para obtener un juicio final y recibir una fecha de venta. Esta moción acelera el proceso de ejecución hipotecaria y evita la demora y los costos de un juicio formal. Al decidir sobre una moción de juicio sumario, el tribunal puede emitir un juicio sumario solo si el demandante demuestra que no hay problemas genuinos de hecho material. Esta es una carga difícil para el demandante.
Para determinar si existe un problema genuino de hecho material, el tribunal debe ver todas las inferencias posibles a favor de la parte no actora. Maynard v. Household Finance Corp III, 861 Así.2d 1204 (Fla. 2d DCA 2003). La parte que no se muda generalmente es el propietario de la vivienda o el demandado. La parte actora, que generalmente es el prestamista o demandante, tiene la carga de probar la inexistencia de cuestiones genuinas de hecho material. Además, la carga de probar que existen tales problemas no cambio para el que no se mueve por parte hasta que la peticionante ha cumplido exitosamente con su carga. Nard, Inc. v. DeVito Contracting & Supply, Inc., 769 So.2d 1138 (Fla. 2d DCA 2000).
El Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito de Florida sostuvo que » la parte que solicita un juicio sumario debe refutar o refutar de hecho las defensas afirmativas planteadas, o establecer que las defensas son insuficientes como cuestión de derecho.»Leal c. Deutsche Bank National Trust Company, 21 So.3d 907, 909 (Fla. 3d DCA 2009). El demandante debe refutar de hecho las supuestas defensas afirmativas a la ejecución hipotecaria o establecer que son legalmente insuficientes para derrotar el juicio sumario. Knight Energy Services, Inc. v. Amoco Oil Co., 660 So.2d 786 (Fla. 4th DCA 1995). En una decisión reciente del Cuarto Tribunal de Apelaciones de Distrito (DCA) de Florida, el Cuarto DCA sostuvo que «cuando una parte presenta defensas afirmativas, no se debe otorgar un juicio sumario cuando hay cuestiones de hecho planteadas por defensas afirmativas que no han sido impugnadas y refutadas de hecho.»Alejandre v. Deutsche Bank Trust Co., 44 So. 3d 1288, 1289 (Fla. 4th DCA 2010).
En una acción de ejecución hipotecaria, si el registro refleja la existencia de cualquier problema de hecho material, o la posibilidad de un problema de hecho material, o si el registro plantea la más mínima duda de que un problema de hecho material podría existir, el juicio sumario es inadecuado. Pennco, Inc. v. Meritor Savings F. A., 617 So.2d 739 (Fla. 2nd DCA 1993). Según Consortion Trading International, Ltd. v. Lowrance, 682 So.2d 221 (Fla. 3rd DCA 1996), el juicio sumario final no era apropiado cuando el propietario de la vivienda había alegado correctamente defensas afirmativas a la acción de ejecución hipotecaria que sonaban en renuncia, impedimento y mala fe; tales defensas planteaban problemas genuinos de hecho material y no estaban prohibidas por el estatuto de fraudes.
Según Knight Energy Services, Inc. v. Amoco Oil Co., 660 So.2d 786 (Fla. 4o DCA 1995), antes de que el demandante tuviera derecho a un juicio sumario de ejecución hipotecaria, el demandante debe refutar de hecho las supuestas defensas afirmativas a la ejecución hipotecaria o establecer que son legalmente insuficientes para derrotar el juicio sumario. Además, el demandante no pudo probar la ausencia de cuestiones genuinas de hecho material en cuanto a las defensas afirmativas del demandado de interferencia ilícita y manos sucias, por lo que el juicio sumario de ejecución hipotecaria fue inapropiado.
Como abogado defensor de ejecución hipotecaria, debe oponerse a la moción de juicio sumario con declaraciones juradas apropiadas en oposición y memorandos de ley en oposición al juicio sumario. Las declaraciones juradas y memorandos de ley deben presentarse dentro de ciertos plazos muy específicos que se establecen en la Fla.R. Civ .P. 1.510. No presentar declaraciones juradas y memorandos de ley oportunos en oposición al juicio sumario hace que sea muy difícil defender adecuadamente el juicio sumario.
Incluso si se concede la moción del demandante para un juicio sumario, todavía quedan varias opciones para defender una acción de ejecución hipotecaria. En esta etapa del proceso de ejecución hipotecaria, los propietarios de vivienda pueden presentar una moción para una nueva audiencia, pidiéndole al tribunal que reconsidere la decisión tomada sobre la moción de juicio sumario y que celebre otra audiencia sobre ese tema. Los acusados también pueden presentar una apelación de la entrada del juicio sumario o de la moción para una nueva audiencia. Los demandados que buscan una modificación de préstamo o una venta corta a menudo también pueden buscar estas opciones durante una apelación.
Durante el proceso de ejecución hipotecaria, puede solicitar mediación con un tercero neutral o presentar una moción de mediación y programarla para una audiencia frente al juez. Por lo general, el tribunal ordenará al demandado y al demandante que se reúnan en un entorno de mediación con un mediador en un esfuerzo por llegar a una resolución para la acción de ejecución hipotecaria. Por lo general, la mayoría de los jueces no permitirán que un caso de ejecución hipotecaria vaya a juicio sin que antes las partes participen en una mediación.
Pasos clave en el Proceso de Ejecución Hipotecaria de Florida
- Pre Ejecución Hipotecaria
- Litigio de Ejecución Hipotecaria
- Proceso de Descubrimiento de Ejecución Hipotecaria
- Juicio Sumario de Ejecución Hipotecaria
- Juicio de Ejecución Hipotecaria
- Venta de Ejecución Hipotecaria
- Emisión del título