Los contratos de suma global (o suma estipulada) a veces se conocen como contratos de «precio fijo» o «precio firme», aunque estrictamente esto no es correcto.
En un contrato a tanto alzado, se acuerda un único precio a tanto alzado antes de que comiencen las obras. Si el costo real de las obras supera el precio acordado, el contratista deberá sufragar los gastos adicionales. Si, por el contrario, el costo de las obras es inferior al precio acordado, el contratista se beneficiará de los ahorros.
Esto es diferente de un contrato de precio máximo garantizado, en el que el contratista asume cualquier costo adicional por encima del precio máximo garantizado, pero si el costo es inferior al precio máximo garantizado, los ahorros pueden ir al cliente, al contratista o ser compartidos. Una extensión de esto es el contrato de costo objetivo, donde hay un acuerdo de «dolor / ganancia» que permite al cliente y al contratista compartir costos y ahorros adicionales.
Sin embargo, los contratos a tanto alzado tienden a no fijarse en absoluto, pero permiten que el precio cambie en determinadas circunstancias:
- Variaciones: Son cambios en la naturaleza de las obras. La mayoría de los contratos contendrán disposiciones para que el arquitecto o administrador de contratos emita instrucciones para variar el diseño, las cantidades, la calidad, la secuencia o las condiciones de trabajo.
- Eventos relevantes: Un evento relevante puede ser causado por el cliente (por ejemplo, falta de suministro de bienes o instrucciones), o puede ser un evento neutral (como un clima excepcionalmente adverso) y puede resultar en una reclamación por pérdida y gastos por parte del contratista.
- Importes provisionales: Una asignación para un elemento específico de las obras que no esté definido con suficiente detalle para que los licitadores fijen el precio.
- Fluctuaciones: Mecanismo para hacer frente a la inflación en proyectos que pueden durar varios años, en el que el contratista presenta ofertas basadas en los precios corrientes y, a continuación, el contrato establece disposiciones para que se reembolse al contratista los cambios de precios a lo largo de la duración del proyecto.
- Pagos a subcontratistas o proveedores designados.
- Honorarios legales.
- Pagos relacionados con la apertura y el ensayo de las obras.
Un contrato de precio verdaderamente «fijo» no redundaría necesariamente en interés del cliente, ya que exigiría que el contratista corriera riesgos de precio sobre los que pudiera no tener control y que no pudieran surgir.
Contrato de precio firme
El Código de Práctica de Estimación, séptima edición, publicado por el Instituto Colegiado de la Construcción (CIOB) en 2009 define un contrato de precio fijo como «contract un contrato en el que el precio se acuerda y fija antes del inicio de la construcción».
Sugiere que un contrato de precio en firme es, «a un contrato en el que los precios no están sujetos a fluctuaciones durante el período de construcción», en el que las fluctuaciones son, » increase el aumento o disminución de los costes de mano de obra, instalaciones, materiales y/o gastos generales que pueden producirse durante un contrato.’
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