Al entrar en la temporada de vacaciones, es un buen momento para revisar las obligaciones del empleador para acomodar las solicitudes de tiempo libre para las vacaciones y las mejores prácticas de pago durante la temporada de vacaciones. El Cinco de este viernes cubre cinco recordatorios para empleadores sobre las vacaciones y el salario:
1. Los empleadores de California no están obligados a proporcionar a los empleados tiempo libre para las vacaciones.
No se requiere que los empleadores de California proporcionen tiempo libre (excepto para adaptaciones religiosas, consulte a continuación) para los días festivos. El sitio web de DLSE de California establece lo siguiente:
Las horas trabajadas en días festivos, sábados y domingos se tratan como las horas trabajadas en cualquier otro día de la semana. La ley de California no requiere que un empleador proporcione a sus empleados vacaciones pagadas, que cierre su negocio en cualquier día festivo o que los empleados tengan el día libre para cualquier día festivo en particular.
2. Los empleadores de California no están obligados a pagar por el tiempo libre de vacaciones, ni están obligados a pagar salarios adicionales si los empleados trabajan en días festivos.
Del mismo modo, no se requiere que los empleadores paguen a los empleados una paga extra o «paga de vacaciones» por el trabajo realizado en días festivos. Los empleadores pueden aceptar voluntariamente pagar a los empleados una remuneración adicional por el trabajo que se requiere durante las vacaciones, pero estos términos se regirían por la política establecida por el empleador. Por lo tanto, se insta a los empleadores a asegurarse de que sus políticas de pago de vacaciones estén claramente establecidas.
La legislatura de California ha propuesto proyectos de ley que requerirían que ciertos empleadores pagaran a los empleados el doble de tiempo por el trabajo realizado en Acción de Gracias, pero ninguno de estos proyectos de ley se ha convertido en ley. Por ejemplo, la» Ley de pago doble en días Festivos de 2016 » propuso requerir que un empleador pague al menos 2 veces la tasa de pago regular a los empleados en establecimientos minoristas y de comestibles en Acción de Gracias. Ninguno de estos intentos de la legislatura ha tenido éxito (todavía) en exigir a los empleadores de California que paguen un «pago extra de vacaciones».»
3. Los empleadores deben proporcionar adaptaciones razonables para los empleados que no pueden trabajar en ciertos días festivos debido a observancias religiosas.
Los empleadores deben estar al tanto de cualquier observancia religiosa de sus empleados, ya que los empleadores deben proporcionar adaptaciones razonables para los empleados debido a razones religiosas. El análisis de la adaptación razonable es un análisis caso por caso basado en el tipo de negocio de la empresa y la adaptación solicitada por el empleado. Si las operaciones del empleador requieren que los empleados trabajen durante las vacaciones normalmente reconocidas, como un restaurante, esto debe comunicarse a los empleados en el manual u otras políticas y establecer la expectativa de que una función esencial del trabajo requiere trabajo durante las vacaciones normales.
4. Si un empleador paga por tiempo libre durante las vacaciones, el empleador no tiene que permitir que los empleados acumulen tiempo libre pagado por vacaciones.
Si un empleado deja el empleo antes de que lleguen las vacaciones, el empleador no está obligado a pagar al empleado por el día libre. Pero la política del empleador con respecto al pago de vacaciones debe establecer claramente que este beneficio no se acumula para los empleados y que deben ser empleados durante los días festivos específicos para recibir el pago de vacaciones. A menudo, los empleadores también requieren que el empleado trabaje los días previos y posteriores a las vacaciones para ser elegible para el pago de vacaciones.
5. Si un día de pago cae en ciertos días festivos y el empleador está cerrado, el empleador puede procesar la nómina el siguiente día hábil.
Si un empleador está cerrado los días festivos enumerados en el Código de Gobierno de California, entonces el empleador puede pagar el salario el siguiente día hábil. El sitio web del DLSE explica esta y otras consideraciones sobre los requisitos de tiempo para la nómina. Los días festivos enumerados en la sección 6700 del Código de Gobierno son los siguientes:
- Cada domingo
- 1 de enero-Día de Año Nuevo
- Tercer Lunes de enero-Martin Luther King Jr. Día
- 12 de febrero — Cumpleaños de Lincoln
- Tercer Lunes de febrero — Cumpleaños de Washington
- 31 de marzo – Día de César Chaves
- Último Lunes de mayo — Día de los Caídos
- 4 de julio — Día de la Independencia
- Primer Lunes de septiembre — Día del Trabajo
- 9 de septiembre – Día de admisión
- Cuarto Viernes de septiembre – Día de los Nativos Americanos
- Segundo Lunes de Octubre — Día de Colón
- 11 de noviembre — Día de los Veteranos
- Cuarto Jueves de noviembre — Día de Acción de Gracias
- 25 de diciembre — Navidad
- Otros días designado por el gobernador para un ayuno público, acción de gracias o feriado