Lista de etapas en un proceso de divorcio de concurso y los motivos para el divorcio

Este artículo está escrito por Vinay Kumar Palreddy, un estudiante de la Escuela de Derecho de Simbiosis, Hyderabad. En este artículo, enumera la lista de etapas del procedimiento de divorcio impugnado, los motivos por los que un cónyuge soltero puede impugnar un divorcio y explica la diferencia entre un divorcio impugnado y un divorcio mutuo.

Tabla de Contenidos

El régimen jurídico de casi todas las naciones y religiones ha formulado amplias leyes que rigen el ámbito del matrimonio. Mientras tanto, cada ley que rige el matrimonio también absorbe en sí las normas y los motivos que rigen el divorcio, ya que es un mecanismo de rescate para los cónyuges del matrimonio no funcional. Aunque el divorcio se percibe como un mal social en muchos lugares y sociedades de todo el mundo, la ley permite que las parejas se divorcien casi de la misma manera y sobre la base de los mismos motivos. En la India, existen ciertos motivos por los que toda persona casada puede impugnar un divorcio en su nombre, incluso sin el consentimiento del otro cónyuge. Por otra parte, el divorcio de mutuo acuerdo también puede llevarse a cabo cuando se cumplen ciertos requisitos establecidos por la ley. Esto se ha convertido en un aspecto importante en la vida de muchas parejas, así como en el componente educativo para todos los estudiantes de derecho.

Este artículo tiene como objetivo principal explicar el significado y los motivos de un divorcio impugnado imbuidos en las leyes matrimoniales de varias religiones, junto con la interpretación judicial, la distinción entre divorcio impugnado y divorcio mutuo, las etapas de los procedimientos de divorcio impugnados y el análisis de los mismos.

¿Qué es un divorcio impugnado y cuáles son los motivos para impugnarlo?

El divorcio impugnado denota una forma de divorcio en la que una de las partes en el matrimonio procede a utilizar un recurso legal para obtener el divorcio, incluso cuando el otro cónyuge se resiste a que se produzca el divorcio entre ellos. También incluye aquellas situaciones en las que ambos cónyuges acuerdan divorciarse, pero están teniendo una discordia con respecto a cualquier asunto relacionado con dicho divorcio, como la custodia de los hijos, la pensión alimenticia, la división de bienes, etc. El divorcio impugnado se basa únicamente en los motivos de que disponen las partes en el matrimonio, cuando tienen que probar al menos uno de esos motivos ante los tribunales. Estos motivos son principalmente los requisitos que deben cumplirse en lo esencial. Los motivos para un divorcio impugnado son generalmente comunes en todas las leyes de matrimonio y divorcio de diversas religiones y personas, como la Ley de Matrimonio Hindú de 1955, la Ley de Disolución del Matrimonio Musulmán de 1939, la Ley de Divorcio Indio de 1869, la Ley de Matrimonio y Divorcio Parsi de 1936 y la Ley Especial de Matrimonio de 1954. Los motivos son:

    • el Adulterio: Si uno de los cónyuges mantiene relaciones sexuales voluntarias con cualquier otra persona casada o soltera, ese acto se convierte en motivo de divorcio. Este derecho recae en el cónyuge leal y él/ella puede solicitar el divorcio solo a su discreción. Esto se reconoce como motivo de divorcio en todas las leyes que rigen el matrimonio y el divorcio en las diferentes religiones. La supuesta infidelidad no tiene por qué estar en vigor cuando el divorcio fue presentado por uno de los cónyuges. El principio esencial para impugnar el divorcio por este motivo es que tales alegaciones deben ser probadas por el cónyuge que alega el asunto. En el caso Rajee c. Baburao, el Tribunal Superior de Madrás, al analizar las alegaciones de adulterio formuladas contra la esposa y las pruebas presentadas por el marido, sostuvo que la carga de la prueba recaería en la persona que alega el adulterio. Además, se sostuvo que el grado de la prueba producida no necesita ser de una certeza absoluta, sino que debe contener un alto grado de probabilidad. Como las acusaciones eran de naturaleza grave, no se aceptaban meras declaraciones o suposiciones y no se concedía el divorcio. En otro caso importante, Imrata Devi c. Deep Chand & Anr, el marido no tuvo acceso a su esposa durante 325 días, pero aún así, concibió gemelos. Aquí, el esposo de divorcio contencioso basado en la planta de adulterio y demostró que aún no se haya consumado, incluso antes de 325 días y la entrega de los niños no era tarde. El Tribunal Superior de Rajasthan, al aceptar las declaraciones y las pruebas, concedió el divorcio.
    • Crueldad: La crueldad también se reconoce como motivo de divorcio en todas las leyes antes mencionadas. En el contexto de la Ley de matrimonio hindú de 1955, la crueldad no se enumeraba como motivo de divorcio, pero el curso cambió después de la enmienda de la Ley en 1976. Sin embargo, ningún régimen jurídico ha definido exactamente el término «crueldad» y se interpreta en función de diversos contextos, como físico o mental, subjetivo o relativo, intencional o no intencional, directo o indirecto. Incluso las leyes matrimoniales de la India han dejado a la discreción de los jueces la posibilidad de ofrecer reparación al cónyuge sobre la base de un conocimiento circunstancial del caso. Pero, en el caso de Russell v. Russell (AC 395), el juez Lopes trató de dar una definición abstracta para el término «crueldad» como una conducta que tiene el potencial de causar peligro a la vida, la salud mental o corporal de una persona, junto con la aprehensión de tal peligro. En el escenario Indio, el Tribunal Supremo contextualizado ‘crueldad’, en 1975, en el caso de Narayan Dastane v. En Sucheta Dastane, se estableció que los tribunales debían examinar esencialmente la cuestión de si la víctima o el cónyuge demandante habían sido tratados de manera tan cruel por el presunto cónyuge que su cohabitación sería perjudicial o perjudicial para la vida del cónyuge demandante. Además, esta base ha evolucionado por la decisión en el caso de Shobha Rani v. Madhukar Reddi, en la que se sostuvo que el divorcio no se puede retener incluso si la crueldad alegada no es deliberada o el maltrato no es intencional.

    • Deserción: La deserción es otro motivo popular de divorcio reconocido por todas las leyes de divorcio del país. Significa esencialmente el abandono o abandono de un cónyuge sin causa razonable o en contra de los deseos del otro cónyuge. La deserción implica dos elementos: i) factum de la separación ii) Animus deserendi. Además, en el apartado ib) del párrafo 1 del artículo 13 de la Ley de matrimonio hindú de 1955 se establece que la deserción debe producirse sin causa razonable o sin el consentimiento del cónyuge que solicita el divorcio y el período debe ser de dos años continuos. Al tratar con estos elementos, en el caso de A. V. Subba Rao c. A. Surya Kumari, en el que la esposa y el esposo llegaron a un acuerdo para vivir separados, lo que implicó el envío de Rs. 150 como pensión alimenticia, el tribunal sostuvo que uno de los cónyuges no puede solicitar el divorcio por deserción, ya que en la separación hay consentimiento. Además, puede haber deserción real cuando el cónyuge abandona físicamente al otro sin ninguna información sobre ellos, así como deserción constructiva cuando el cónyuge se abstiene de cumplir con las obligaciones matrimoniales aunque estén físicamente bajo el mismo techo. Al abordar el concepto de deserción constructiva, el Tribunal Superior de Calcuta en el caso Jyotish Chandra c. Meera interpretó liberalmente que si el peticionario puede probar que no queda nada en la relación con el otro cónyuge, excepto vivir en la misma casa o estar físicamente presente, se puede conceder el divorcio. La explicación de la disposición mencionada en el derecho hindú también incluye la «negligencia deliberada», que tiene por objeto ampliar el horizonte de este terreno. En el caso Lachman Uttamchand Kriplani c. Meena, el término «negligencia deliberada» se interpretó como el acto consciente y reprensible de un cónyuge en el cumplimiento de las obligaciones conyugales o la abstención de tales obligaciones.
    • Conversión: La conversión de un cónyuge a otra religión es un buen motivo para el divorcio. Aunque no se reconoce como motivo en la Ley de Disolución del Matrimonio Musulmán de 1939 ni en la Ley Especial de Matrimonio de 1954, se reconoce como motivo en otras leyes de divorcio. En el apartado ii) del párrafo 1 del artículo 13 de la Ley de matrimonio hindú de 1955 se regula la conversión como motivo de divorcio en hindúes. Al interpretar este motivo, debe hacerse de manera que el consentimiento para tal conversión no pueda convertirse en una excepción para conceder el divorcio. Con respecto a esto, en el caso de Suresh Babu v. V. P. Leela, el tribunal observó que el consentimiento de un cónyuge para la conversión de otro cónyuge no privará al cónyuge consentido de su derecho a solicitar el divorcio por conversión. Además, uno no puede utilizar el motivo de la conversión como mecanismo de divorcio si él/ella es el que se convirtió a otra religión. En el caso de Md. Zulfiqar Ali v. Anuradha Reddy, el esposo presentó la petición de divorcio alegando que se había convertido al islam del hinduismo y, por lo tanto, había dejado de ser el esposo de su esposa hindú. Rechazando la petición, el Tribunal sostuvo que el marido no podía solicitar el divorcio por conversión, ya que este derecho no existía en la persona convertida.
    • Trastorno Mental grave: El trastorno mental es motivo de divorcio según todos los Actos mencionados. Pero tal desorden o falta de solidez debe ser grave e incurable por naturaleza. En las primeras etapas, la decisión de los tribunales basada en este motivo se basaba en la discreción de los jueces caso por caso, pero más tarde, las decisiones de los Tribunales ingleses establecieron pruebas adecuadas para analizar el efecto de este motivo. En el contexto indio, el término «trastorno mental» se interpretó en el caso Bani Devi c. A. K. Benerjee tiene la incapacidad de una persona para ocuparse de sí misma o de su estado de cosas, de cualquier obligación conyugal o de otra índole. Además, para utilizar este motivo, el cónyuge debe demostrar esencialmente que no es en absoluto posible vivir con un cónyuge mentalmente discapacitado. Con respecto a la esquizofrenia como trastorno mental, el tribunal sostuvo en el caso Joginder Kaur c. Surjit Singh que la esquizofrenia debe ser de tal manera que el peticionario no pueda razonablemente vivir con ese cónyuge para obtener el divorcio. Como en el presente caso, el cónyuge paciente se estaba recuperando lentamente y no sufría de un trastorno mental continuo, el tribunal no concedió el divorcio al marido.
    • Enfermedades venéreas transmisibles: Las enfermedades venéreas son aquellas enfermedades que se pueden contraer a través de relaciones sexuales entre dos personas cuando una ya está infectada por dicha enfermedad. Incluso este motivo se reconoce como motivo de divorcio en las cinco leyes mencionadas. En la Ley de matrimonio hindú de 1955, el artículo 13 1) V) de la Ley trata de este motivo y, antes de 1976, establecía el plazo de tres años para que subsistiera la enfermedad inmediatamente antes de presentar la petición. Sin embargo, la legislatura consideró que la imposición del período de tiempo solo violará los derechos de otro cónyuge de una manera que también podría ser víctima de la enfermedad transmisible. Por lo tanto, la enmienda de 1976 introdujo un nuevo enfoque respecto de este motivo de divorcio. Este motivo actúa como una razón estándar para obtener un divorcio. Pero como el objetivo de este motivo es evitar que el otro cónyuge se infecte por esa enfermedad, también actúa como elemento disuasorio incluso antes de contraer matrimonio. El derecho de una persona infectada a contraer matrimonio puede suspenderse. En el caso del Sr. X c. el Hospital Z, el tribunal sostuvo que esa suspensión puede mantenerse hasta que se cure la enfermedad venérea y también sostuvo que el derecho a contraer matrimonio no puede ser ejercido por el tribunal cuando una persona está infectada con esa enfermedad.
    • Otros Motivos: Además de los motivos enumerados hasta ahora, existen otros motivos de divorcio reconocidos en las leyes mencionadas. Estos motivos son la lepra virulenta, la impotencia, el encarcelamiento del marido, la falta de alimentos, etc. Aunque todos estos factores no son reconocidos por todos los Actos como motivos estándar para el divorcio, se les da la debida importancia en función de la evolución de sus leyes religiosas en estos Actos. Aunque el enfoque de las partes es diferente en función de los motivos, la idea principal de incluirlas es proporcionar justicia individual a la persona que sufre la conducta y la situación de aprovechamiento del otro cónyuge. En lo que respecta a estos motivos, la lepra virulenta es uno de esos motivos importantes en los que el término «virulento» se expuso en el caso Annapurnamma c. Appa Rao como venenoso y maligno en su naturaleza. En segundo lugar, en la Ley de disolución del Matrimonio musulmán de 1939 se da la debida importancia al encarcelamiento del marido, en cuyo párrafo 3 del artículo 2 de la Ley se establece el derecho de la esposa a que se decrete el divorcio si el marido está encarcelado por un período de siete años o más, siempre que la sentencia sea definitiva. La impotencia está prevista como motivo de divorcio en las leyes hindúes, musulmanas y cristianas y queda excluida en las leyes parsi e interreligiosas. También hay pocos otros motivos por los que las partes puedan impugnar el divorcio.

Diferencia entre el divorcio mutuo y el divorcio disputado

Como el divorcio es un mecanismo de rescate de una relación matrimonial no funcional, puede ser de naturaleza tanto agradable como no agradable. El divorcio no aceptable se llama divorcio disputado, ya que las partes en un matrimonio intentan probar sus argumentos con respecto al divorcio. Puede ser apoyar, oponerse al divorcio en absoluto, o puede apoyar, oponerse a los asuntos involucrados en el divorcio, como la custodia de los hijos, la división de la propiedad, la manutención, etc. Por otra parte, un divorcio aceptable se conoce como divorcio mutuo en el que tanto el marido como la mujer deciden que su relación conyugal no es funcional, por lo que deciden renunciar a su relación. También se conoce como divorcio no impugnado en el que ambos cónyuges acuerdan ciertos términos con respecto a todos los asuntos y formalidades involucrados en un divorcio. En un divorcio mutuo, tanto el esposo como la esposa presentan una petición conjunta de divorcio, mientras que en un divorcio disputado, uno de los cónyuges presenta una petición de divorcio unilateral en el tribunal y otra parte presenta una contrademanda. Las partes pueden iniciar una petición de divorcio en forma de divorcio disputado, pero debido a ciertos factores, también pueden solicitar un divorcio mutuo al satisfacer los requisitos del divorcio mutuo. Las disposiciones relativas al divorcio mutuo que figuran a continuación harán una clara distinción entre divorcio impugnado y divorcio mutuo.

En la Ley de matrimonio hindú de 1955, el divorcio mutuo se rige por el artículo 13B de la Ley, que se añadió mediante la enmienda de 1976. De acuerdo con esta disposición, ambas partes deben presentar una petición en el tribunal cumpliendo el requisito previo de que vivieron separados por un período mínimo de un año inmediatamente antes de presentar la petición. Más tarde, tienen que presentar una moción con respecto al divorcio después de seis meses pero antes de dieciocho meses de presentar la petición para que el tribunal haga las investigaciones necesarias y conceda el divorcio. Si las partes presentan genuinamente una petición en la que los cónyuges intentaron vivir juntos pero fracasaron, el tribunal tendrá la obligación de conceder el divorcio en lugar de hacerlo a su discreción.

Hay ciertos elementos que se necesitan satisfacer para obtener un divorcio por consentimiento mutuo. El primer elemento es que la petición debe ser presentada por ambas partes. En estas peticiones, el componente de «consentimiento» es de suma importancia. A medida que presenten peticiones por separado, quedará bastante claro que el consentimiento se da en sus funciones individuales. Además, el consentimiento así otorgado puede revocarse durante el período de tiempo dado para presentar una moción. Esto se basa en una observación discernida de que una o ambas partes en la petición de divorcio podrían revisar su perspectiva sobre su relación matrimonial. A este respecto, en el caso Sureshta Devi c. Om Prakash, se sostuvo que el consentimiento puede ser retirado por uno o ambos cónyuges que solicitan el divorcio, ya que no puede considerarse irrevocable. El segundo elemento para obtener un divorcio es que deben vivir separados por un año o más inmediatamente antes de presentar una petición.

Aquí, separados no significa necesariamente que vivan en lugares distantes, pero se debe dar el significado a la idea de no vivir juntos en sus respectivos roles, es decir, marido y mujer, incluso si viven bajo el mismo techo. Esta noción se mantuvo en varios casos, incluido Kiritbhai c. Prafulaben, en que el tribunal inferior rechazó la petición de divorcio porque vivían en un solo lugar, pero el Tribunal Superior anuló la opinión del tribunal inferior y concedió el divorcio porque habían renunciado por consenso a sus respectivas funciones matrimoniales. El otro elemento es demostrar que no son capaces de vivir juntos, incluso después de los esfuerzos sinceros de ambas partes. Con respecto a la interpretación de vivir separados y no poder vivir juntos, el Tribunal Superior de Bombay en el caso Leela Joshi c. Mahadeo sostuvo que deben leerse conjuntamente y que los tribunales deben examinar si la cohabitación ha terminado o no.

En lo que respecta al divorcio mutuo entre musulmanes, este mecanismo se clasifica en dos tipos conocidos como Khula y Mubarat. Khula es una forma de divorcio en la que la esposa da consideración a su esposo o exime a su esposo de pagar Mahr. Por otro lado, Mubarat es un divorcio en el que ambas partes están en contra de la preservación de su relación matrimonial y uno de los cónyuges propone revocar el matrimonio, y el otro lo acepta. Se define un período iddat y, posteriormente, el divorcio entrará en vigor. La práctica común en ambos tipos es que la esposa tiene que renunciar al monto de la dote o ciertos bienes para liberarse de la relación matrimonial. Pero tenemos que entender que estas son prácticas y no están sancionadas en los tribunales de justicia.

Diferentes etapas de un divorcio disputado

Esta es una parte importante ya que decide el curso de acción en su caso. Se requiere una evaluación previa para elegir a su abogado, que se puede hacer ya sea pidiendo a alguien que tenga conocimiento de la ley o defensores que recomiende a un abogado que se especialice en derecho de familia, o se puede hacer asistiendo directamente a los procedimientos judiciales y evaluando a los defensores que discuten en los asuntos de divorcio. En ambos escenarios, el factor rudimentario que debe ser considerado por la parte al elegir a su abogado es si el abogado tiene presencia diaria en la corte o no. Si el abogado no está presente en el tribunal debido a su práctica intermitente, la elección de tal abogado no produce los resultados deseados.

Cualquiera de los cónyuges Presenta una petición de divorcio

A medida que el cónyuge que busca el divorcio se acerca a su abogado, se le proporcionarán todos los documentos e información requeridos. Después de evaluar toda la información, un abogado redactará una petición de divorcio y la presentará en el tribunal de justicia. Los tribunales de familia son los principales competentes en materia de divorcio. La presentación de una petición es seguida por la entrega de notificaciones al otro cónyuge, ya sea por la parte misma o por el tribunal al pagar los cargos.

Comparecencia y reconciliación

Después de la entrega legal de los avisos, las partes comparecen ante un tribunal. Si el tribunal considera que existe una posibilidad de conciliación entre las partes, remite la cuestión a la Autoridad de Servicios Jurídicos en la que estén presentes los conciliadores. Estudian la posibilidad de establecerse y funcionar de esa manera. Si se resuelve, la petición se retira del tribunal o de lo contrario se seguirán las etapas siguientes.

Respuesta/contador respuesta del cónyuge demandado

Esta es la etapa en la que el demandado presenta un contador. Como él / ella no está a favor de que se conceda el divorcio, tienen que negar cada alegación hecha en la petición. La negación en este documento debe ser de naturaleza específica y no puede ser una negación general de las acusaciones. Si no se deniegan específicamente todas las alegaciones con respecto al hecho, se considerará que admiten dichas alegaciones. Por lo tanto, el demandado debe tener suficiente cuidado para examinar todas las negaciones hechas en el mostrador o debe tomar la ayuda de otros para examinar la respuesta.

Descubrimiento

En esta etapa, a medida que los documentos y la información requerida se presenten en el tribunal, se proporcionarán debidamente a las otras partes también en la investigación. Ayuda a las partes a afinar sus lados al evaluar la posición de la otra parte y la evidencia con respecto a los asuntos involucrados en el divorcio.

Acuerdo

Después de evaluar los documentos y la información, el tribunal resuelve los puntos de consideración que deben decidirse. La Orden XIV del Código de Procedimiento Civil trata de la solución de los puntos de consideración. En general, estos puntos reflejarán los conflictos no resueltos entre las partes en relación con el divorcio o la concesión del divorcio en su conjunto. En esta etapa, el tribunal también podría remitirlo a la negociación con terceros.

Juicio

En esta etapa, los tribunales determinan ciertas fechas para escuchar e interrogar a los testigos. Antes de esto, se entrega la citación a los testigos para que asistan a las actuaciones judiciales en fechas definidas. Esta etapa también incluye el contrainterrogatorio, la audiencia final, etc.

Órdenes/Decreto

Después de concluir debidamente todas las cuestiones sobre la base de los argumentos y las pruebas proporcionados, el tribunal pronuncia las órdenes o emite un decreto que concede o deniega el divorcio.

Apelación

El decreto así dictado puede apelarse primero ante el Tribunal Superior con jurisdicción sobre dicho tribunal de familia y luego ante el Tribunal Supremo. En general, es apelable en virtud del artículo 28 de la Ley hindú de matrimonio de 1955 o del artículo 39 de la Ley Especial de Matrimonio de 1954. El período de tiempo para una apelación varía y, en hindúes, se sitúa entre 30 y 90 días.

Análisis crítico

Los procedimientos de divorcio en la India se ejecutan en consonancia con el Código de Procedimiento Civil. Este Código establece normas y reglamentos exhaustivos que deben seguirse en caso de divorcio impugnado. En el caso del divorcio mutuo, las disposiciones de este Código son nominales, ya que los puntos a considerar ya están resueltos y los requisitos previos ya están establecidos en varias leyes de divorcio de la India. Aunque los procedimientos parecen definidos y estructurados, el enfoque práctico sería diferente y prolongado. No hay un límite de tiempo determinado en el código de procedimiento o en las leyes de divorcio para resolver un caso de divorcio. Por consiguiente, los tribunales no tienen la obligación de concluir un caso en un plazo determinado. Además, hay muchos casos en los que un cónyuge comenzó un divorcio disputado, pero debido a la prolongación y los altos gastos, la pareja terminó teniendo un divorcio mutuo. Este es un gran inconveniente en los procedimientos de divorcio. Por otra parte, los recursos tienen un plazo de prescripción. Aunque no existe un plazo para la resolución de los recursos, al menos el plazo de prescripción actúa como elemento disuasorio para amontonar las causas.

Pero la jurisdicción es ligeramente diferente con respecto a los divorcios cristianos. La petición de divorcio de los cristianos debe presentarse en el Tribunal de Distrito Principal, mientras que el Procedimiento definido para los hindúes y otros se puede presentar en los tribunales de familia y en los Tribunales Civiles Superiores o en los tribunales suburbanos.

Los procedimientos también incluyen procedimientos de conciliación. Estos procedimientos de conciliación tienen por objeto evitar la ruptura del vínculo matrimonial en caso de que la disputa entre la pareja sea menor o conciliable. Esto se rige a discreción del juez cuando examina la posibilidad de llegar a un acuerdo. Si el motivo de divorcio es tan grave que la relación conyugal afectará los derechos y la vida del cónyuge que solicita el divorcio, el tribunal en general se pronunciará en contra del procedimiento de reconciliación.

Además, en lo que respecta a los puntos a considerar, la custodia de los hijos tiene la debida importancia entre esos puntos. No se concede primacía ni derecho exclusivo a ningún progenitor en particular en caso de custodia de los hijos. A lo largo de los años, la legislación ha evolucionado de tal manera que se da importancia al interés superior del niño en lugar de un enfoque estándar para otorgar la custodia. Por lo tanto, este punto debe ser examinado cuidadosamente por las partes antes de solicitar un divorcio.

Conclusión

Ya que hemos profundizado en las etapas de los procedimientos y los motivos para un divorcio disputado, está bastante claro que son casi los mismos para los cónyuges que se rigen por varias religiones y sus propias leyes matrimoniales. Sin embargo, algunos motivos son reconocidos por pocas leyes y quedan excluidos por otras leyes. Las partes deben tomar nota de la prolongación de los procedimientos y de los vicios de procedimiento, por lo que deben considerar la opción de la reconciliación. Las partes también deben pensar cuidadosamente sobre el futuro de los hijos y sus propias vidas antes de solicitar el divorcio, ya que tal decisión conducirá a una cadena de numerosos eventos. Pero si el motivo de que se trata es tan grave, las partes pueden obtener directamente el divorcio. Si la causa de la parte es genuina y verdadera, el tribunal concederá fácilmente el divorcio.

Los procedimientos de un divorcio impugnado ya están redactados cuidadosamente por la legislatura y han estado en vigor durante décadas juntas. Aunque puede haber pocos matices en el enfoque práctico, los conceptos de etapas y motivos en un divorcio impugnado se adhieren en su mayoría a las normas definidas por la legislatura.

  • https://lawrato.com/divorce-legal-advice/what-is-the-procedure-for-mutual-divorce-under-muslim-law.
  • http://www.helplinelaw.com/family-law/DIVORCEII/divorce-in-india
  • https://www.divorcelawyers.co.in/contested-divorce-procedure-step-step/
  • https://mylegalwork.com/guides/contested-divorce

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