¿Qué es un Consejo Parroquial?
Un consejo parroquial es una autoridad local que toma decisiones en nombre de la gente de la parroquia.
Es el gobierno de nivel más cercano a la comunidad, con la autoridad del condado y la ciudad por encima de ella en la jerarquía.
Como la autoridad más cercana a la gente, somos invariablemente el primer puerto de escala al que acuden las personas con sus inquietudes o ideas.
Por esta razón, somos una parte vital de cualquier comunidad.
¿Por qué convertirse en Consejero Parroquial?
Si nunca antes ha asistido a una reunión del consejo parroquial, es posible que se le perdone por pensar que los consejeros parroquiales son un grupo de personas (probablemente mayores) que se reúnen de vez en cuando en un salón de la aldea con corrientes de aire.
Sin embargo, si vives en una comunidad cuando algo «grande» ha sucedido o está a punto de suceder, sabrás que es cuando las personas de la comunidad necesitan apoyo y orientación, y es al consejo parroquial al que acudes.
Como consejero parroquial, te conviertes en alguien a quien tu comunidad buscará ayuda, orientación y apoyo, un líder comunitario con el poder de influir en las decisiones para el beneficio de las personas a las que sirves.
Ver que su comunidad cambia para mejor como resultado de las decisiones que ha ayudado a tomar, es algo que le dará una sensación de logro y orgullo.
¿Qué decisiones toman los Consejos Parroquiales?
Probablemente los temas más comunes en los que se involucran los consejos parroquiales son los asuntos de planificación (son consultados legales), la prevención del delito, la gestión de espacios abiertos y la promoción y prestación de mejores servicios e instalaciones.
Por su cuenta, los consejos parroquiales tienen poderes limitados para tomar decisiones.
Sin embargo, tienen la capacidad de negociar y el poder de influir en aquellas otras organizaciones que toman las decisiones finales y, en este sentido, los consejos parroquiales son extremadamente poderosos.
Las organizaciones que toman las decisiones finales saben que un consejo parroquial da la mejor reflexión de cómo se siente una comunidad sobre algo y nuestras opiniones se toman en serio.
Deberes Parroquiales
El Consejo Parroquial de Badger Farm tiene 8 Concejales.
Los deberes y funciones de un consejo parroquial son muchos y variados, por lo que es una posición interesante para mantener.
Nos reunimos una vez al mes (excepto en agosto) y las sesiones pueden durar hasta dos horas, según los temas del orden del día que se vayan a examinar.
Discutimos y decidimos sobre las solicitudes de planificación y cualquier otro asunto que le remitan los residentes locales.
También hay una reunión parroquial anual a la que todos los feligreses están invitados.
Todas las reuniones se anuncian en el tablón de anuncios del consejo.
Los residentes pueden llamar la atención del consejo parroquial sobre cualquier cosa que les preocupe, ya sea directamente o a través del secretario.
Si las cuestiones planteadas no son responsabilidad del consejo, el secretario puede señalarlas a la atención de la autoridad competente.
¿Cuánto tiempo lleva?
Además de las reuniones regulares, algunos consejeros tienen deberes específicos (carteras) que les exigen asistir a otras reuniones para representar al consejo, por ejemplo, actuar como representante en un órgano externo o ayudar a desarrollar un nuevo proyecto para la comunidad.
Tales reuniones no ocurren a menudo, por lo que no se apoderarán de su vida.
¿Cuánto tiempo dura un consejero parroquial?
Una vez elegidos, los consejeros parroquiales forman parte del consejo por un período de cuatro años.
Si luego quieren permanecer en el puesto, pueden presentarse a la reelección.
Los concejales también pueden ser cooptados.
Esto requiere que el candidato potencial escriba un breve resumen y asista a una reunión parroquial para una breve entrevista informal.
Los concejales votarán y nombrarán al candidato más adecuado.
¿Soy elegible para ser Consejero Parroquial?
Para poder convertirse en concejal del Consejo Parroquial de Badger Farm, debe:
- ser elector de la parroquia, o;
- durante la totalidad de los 12 meses anteriores haber ocupado (como propietario o arrendatario) terrenos u otros locales en la parroquia, o;
- durante los 12 meses anteriores ha trabajado en la parroquia (como su principal o único lugar de trabajo), o;
- durante la totalidad de los 12 meses anteriores vivió en la parroquia o dentro de tres millas del límite de la parroquia.
- tener al menos 18 años de edad.
¡No se fíe de nuestra palabra!
La mejor manera de saber cómo es ser concejal de parroquia es hablar con alguien que lo esté haciendo ahora.
Venga a una reunión del consejo parroquial, o hable con uno de nuestros consejeros y averigüe qué piensan del trabajo.