Órdenes Adjuntas del Tribunal de Protección
Hay dos tipos de Órdenes Adjuntas que el Tribunal de Protección puede dictar:
- Órdenes de Representación de Bienes y Asuntos Financieros: Autorizan a alguien a administrar o hacerse cargo de asuntos financieros de personas incapacitadas, desde asuntos mundanos como pagar las facturas de la persona vulnerable por ellos, así como administrar su pensión, hasta asuntos más complejos como comprar, vender y adaptar propiedades; invertir grandes sumas de dinero y revisar regularmente la salud de las carteras y organizar paquetes de atención. Los arreglos financieros más complejos son comunes cuando los clientes tienen grandes sumas de dinero para administrar después de una demanda exitosa por lesiones personales.
- Órdenes de Delegación de Bienestar Personal: Estos autorizan a alguien a tomar decisiones clave relacionadas con asuntos de salud y bienestar que van desde discutir el tratamiento con los médicos y tomar decisiones sobre si continuar o no con el tratamiento de mantenimiento de la vida hasta tomar decisiones sobre dónde debe vivir la persona incapacitada.
El Tribunal de Protección tiende a tratar las solicitudes de financiación y bienes de una manera diferente de las cuestiones de salud y bienestar. En relación con los asuntos de propiedad, si una persona carece de la capacidad mental para administrar sus asuntos financieros, generalmente aprobará las solicitudes para nombrar a un Adjunto que tome decisiones que la persona incapacitada no puede tomar.
Sin embargo, el Tribunal de Protección es mucho más reacio a nombrar a un Adjunto de Bienestar Personal. En asuntos de bienestar social, cuando se descubre que una persona carece de capacidad para tomar una decisión por sí misma, y hay una disputa entre familiares, amigos y organismos públicos como las Autoridades Locales o la Confianza del NHS sobre lo que es mejor para alguien, el Tribunal de Protección generalmente emitirá una Orden única que trate los asuntos específicos en cuestión.
Una orden que permite a una persona tomar todas las decisiones sobre un asunto específico es una orden seria con consecuencias de largo alcance. La ley prefiere que el Tribunal de Protección tome decisiones puntuales sobre asuntos específicos en lugar de nombrar a un Adjunto para que tome las decisiones. Sin embargo, con la mayoría de los asuntos de propiedad, habrá una serie de decisiones en curso que se tomarán.
¿Cómo Hago La Solicitud?
Para convertirse en Suplente de alguien, primero debe verificar que cumple con los criterios legales establecidos en la Ley de Capacidad Mental de 2005 y la orientación pertinente. Nuestros abogados de la Corte de Protección pueden asesorarle sobre su elegibilidad y posibilidades de éxito; llenar los formularios apropiados, obtener las evaluaciones pertinentes y tramitar la solicitud judicial de principio a fin. Esto incluye tratar asuntos que se impugnan.
El proceso y los formularios/evaluaciones pueden ser difíciles de entender, y, si no se completan correctamente, puede causar demoras y/o un rechazo de su solicitud. Se recomienda que consulte a un Abogado de la Corte de Protección antes de proceder, incluso si luego decide hacer la solicitud de forma independiente. Nuestros abogados de la Corte de Protección pueden asesorarlo y guiarlo a través de todo el proceso, asegurándose de que todos los formularios y evaluaciones se completen con precisión por adelantado y que usted sea plenamente consciente de lo que implica.