¿Tiene una Servidumbre Equitativa? – Ley de Eskridge

Mayo 29, 2020

Una servidumbre es un interés en la tierra de otro que da derecho al propietario de la servidumbre a un uso o disfrute limitado de la tierra del otro.

Una servidumbre equitativa es una servidumbre implícita creada por la equidad. Las servidumbres equitativas se deciden bajo la doctrina de las dificultades relativas. Se trata de una doctrina equitativa que se utiliza para juzgar los derechos de las partes, en particular en las acciones de usurpación. Esta doctrina permite que un tribunal equilibre si la concesión de una servidumbre equitativa causaría más dificultades al propietario del título de propiedad de la propiedad que las dificultades que se causarían al negar al usurpador el uso de la servidumbre equitativa.

Para prevalecer en una reclamación de servidumbre equitativa, el usurpador debe probar lo siguiente, mediante pruebas claras y convincentes:

  1. Que el invasor ha construido una invasión de la propiedad del titular. (Una intrusión es una intrusión no autorizada por un edificio, otra estructura o camino pavimentado a una propiedad adyacente.)
  2. Que el invasor es inocente-la invasión no debe haber sido el resultado de un acto deliberado.
  3. Que la dificultad de negar al usurpador una servidumbre equitativa sería mucho mayor que la dificultad para el titular si al usurpador se le concede una servidumbre equitativa.
  4. Que el invasor sufriría un daño irreparable si no se le concediera una servidumbre equitativa.

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Este artículo se basa en la ley a partir de la fecha publicada en la parte superior del artículo. Este artículo no constituye la prestación de asesoramiento legal, y no crea por sí mismo una relación abogado-cliente con Eskridge Law.

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